¿Sabrías decirnos si es posible alquilar un piso que ya está alquilado? La respuesta a esta pregunta se encuentra en el artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), donde se especifican las condiciones en las que un inquilino puede subarrendar parte de la vivienda en la que vive de alquiler. Es decir, sí se podría alquilar una vivienda alquilada o parte de esta cumpliendo ciertas condiciones y siempre que el propietario esté conforme.
¿Qué debemos tener en cuenta antes de subarrendar una vivienda en España?
Según el artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU): «La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de forma parcial y previo consentimiento escrito del arrendador». Es decir, un inquilino nunca podrá subarrendar una parte de la vivienda en la que vive sin que el propietario esté conforme. Además, no basta con la conformidad de palabra, sino que tendrá que dejar constancia por escrito de su conformidad. Sin el consentimiento explícito y por escrito del casero no se podrá subarrendar la vivienda, ya que estaríamos incumpliendo nuestro contrato.
A la hora de subarrendar una vivienda hay que tener en cuenta otros dos aspectos fundamentales, que también se recogen en el artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.








Que bueno la explicación..GRACIAS…