¿Te pueden quitar un piso de protección oficial (VPO)?

Desde Fotocasa, analizamos las situaciones en las que se podría perder un piso de protección oficial o pagar multas por incumplir las condiciones

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Al acceder a una Vivienda de Protección Oficial (VPO), un tipo de propiedad que para la Ministra de Vivienda Isabel Rodríguez debería calificarse como protegida de por vida (así lo anunció en su comparecencia en el Congreso de la Diputados el pasado 23 de octubre), hay que tener en cuenta que existen una serie de infracciones que podrían hacernos perder la vivienda o pagar multas y sanciones.

¿Te podrían quitar un piso de protección oficial por incumplir las condiciones? Desde Fotocasa, recordamos cuáles son los requisitos de acceso a una vivienda de protección oficial y aclaramos en qué casos podría perderse una VPO por no cumplir los compromisos al hacer uso de la vivienda protegida. ¡Atento!

¿Cuáles son los requisitos para acceder a una Vivienda de Protección Oficial?

Si revisamos los requisitos de registro de vivienda de protección oficial de cualquier localidad, vemos que la mayoría coinciden en las siguientes condiciones para personas solicitantes:

  1. Ser mayor de edad. Para acceder a una vivienda VPO los solicitantes deben tener más de 18 años o estar emancipados.
  2. No disponer de una vivienda en propiedad. Los solicitantes de VPO no pueden tener ya una vivienda en su propiedad o, si la tienen, esta debe ser inadecuada (viviendas en ruinas, no accesibles para personas de movilidad reducida…).
  3. La vivienda de protección oficial debe ser la residencia habitual. Uno de los principales requisitos que se le exige al propietario de una VPO es residir en la vivienda de forma habitual, es decir, que sea su primera residencia.
  4. Residir o estar empadronado en la localidad o comunidad autónoma. La persona solicitante debe estar empadronada en la comunidad autónoma o en la localidad en la que se realiza el registro para poder acceder a una vivienda VPO.
  5. No superar el límite de ingresos. Cada normativa autonómica establece un límite de ingresos para registrarse como solicitante de vivienda de protección oficial. Este límite varía en función del número de miembros de la unidad de convivencia.
Las CCAA exigen requisitos para acceder a una VPO, como no tener pisos en propiedad o destinar el inmueble a vivienda habitual

¿Cuándo te podrían quitar un piso de protección oficial o imponer multas?

Ahora bien, ¿en qué situaciones se podría perder un piso de protección oficial? ¿Cuándo pueden imponer multas por cometer infracciones? Dependerá de la normativa de cada comunidad autónoma, aunque la mayoría establecen medidas similares.

Para hacernos una idea, revisamos el Régimen Sancionador en VPO de la Comunidad de Madrid. Estas son las infracciones que podrían llevar a la pérdida de la vivienda VPO o al pago de multas:

  1. Usos no permitidos: negocios o actividades molestas.
  2. Dejar la vivienda vacía.
  3. Impuntualidad en los pagos.
  4. Falsificación de documentos para acceder a Vivienda Protegida.
  5. Venta fraudulenta de la VPO.
  6. Cesión o alquiler de la Vivienda de Protección Oficial.

1. Usos no permitidos: negocios o actividades molestas

Una VPO debe emplearse únicamente como residencia habitual y permanente. En ningún caso el propietario puede utilizar la vivienda como sede para un negocio o como segunda residencia. Tampoco tiene permitido realizar actividades peligrosas o tóxicas, o que puedan resultar molestas para la comunidad de vecinos.

2. Dejar el piso de protección oficial vacío

Las cláusulas del contrato de una VPO especifican que el propietario tiene la obligación de entrar a vivir en un lapso de tiempo determinado. De incumplir esto, podría perder la propiedad y es uno de los motivos más habituales para la expropiación.

De hecho, a los inspectores les resulta relativamente sencillo comprobar si la vivienda está desocupada: persianas bajadas durante semanas, entrevistas con los vecinos, visitas sin previo aviso, buzones llenos y contadores de agua, luz, gas a cero, son pistas bastante fiables de que la vivienda no está habitada.

Se considera vacía "cuando permanezca desocupada durante un plazo superior a tres meses seguidos sin causa justificada"

3. Impuntualidad en los pagos de vivienda VPO

Ser propietario de una VPO conlleva la obligación de pagar con puntualidad las cuotas, tanto si se está de alquiler como si se ha accedido a la vivienda mediante un crédito hipotecario. Si los impagos se producen por parte de una familia que atraviesa una situación socioeconómica desfavorable, puede que los servicios sociales lo consideren antes de la expropiación.

4. Falsificación de documentos para acceder a Vivienda Protegida

Aunque resulta complicado engañar a la administración en este sentido, otra de las prácticas ilegales que pueden darse es «falsear las condiciones familiares, económicas o de otro tipo en las declaraciones o documentación exigidas para el acceso a las viviendas protegidas».

5. Venta fraudulenta de una casa de protección oficial

Vender una VPO sin tener autorización es uno de los fraudes más comunes. Esto no quiere decir que no se pueda vender, sino que, para hacerlo legalmente, deben cumplirse algunas condiciones: vender el piso cuando se haya cumplido el período mínimo de protección (entre 10 y 20 años), hacerlo al precio máximo establecido para VPO o notificar a la administración, ya que tiene derecho de tanteo y retracto.

El fraude más habitual es poner a la venta el piso protegido por el importe máximo permitido y añadir una cantidad adicional que el comprador paga en B. Según la normativa de la Comunidad de Madrid, en estos casos, el vendedor podría ser sancionado con multas de hasta el 20% del exceso de precio obtenido con la venta.

6. Cesión o alquiler de la Vivienda de Protección Oficial

La cesión de una VPO a familiares o amigos, ya sea gratuitamente o tras el pago de una cantidad determinada, es una práctica fuera de la legalidad. Los inspectores suelen detectar estas faltas al comprobar la correspondencia que llega a la casa o las facturas de servicios como luz o agua, que van a nombre de terceros.

Asimismo, también es una infracción grave «el arrendamiento conjunto de viviendas protegidas y garajes o trasteros a precio libre». En este caso, la multa podría ascender hasta los 6.000 euros.

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BETO
2 años

SI ME SUBEN EL SALARIO

Dani
1 año

Hola
En mi barrio hay varias viviendas que desde su construcción estan sin habitar.
Es legal?
Se compraron para especulación?
Hay algun beneficio a la hora de denunciarlo?
Me refiero a que si avisando a Nasuvinsa, recuperen esas viviendas y faciliten su alquiler…
Gracias

SARA
1 año

Buenos días, soy una propietaria de una vivienda de VPO, compre la vivienda con una ampliación que tiene 27 años, pero la casa tiene la condición de vivienda protegida de 30 años, me comentan que si me denuncian tengo que volverlo a su estado inicial por qué mantiene la condición de vivienda protegida, ¿Esto es cierto me falta año y medio para los 30 años? Gracias de antemano

José
1 mes

Si, después de acceder a una vivienda protegida de precio limitado, adquiero una vivienda libre, cometo alguna infracción?