La moratoria hipotecaria es una de las principales medidas del Gobierno para ayudar a todos los ciudadanos que se encuentran en un ERTE o sus ingresos se han reducido notablemente con motivo de la crisis del coronavirus.
Desde el pasado 19 de marzo todos aquellos ciudadanos que cumplían los requisitos establecidos por el Ejecutivo podían acogerse a esta medida extraordinaria. Sin embargo, según publica la consultora Tessi Iberia solo el 15% de las 500.000 solicitudes que se prevén que lleguen a las entidades financieras cumplirán con los requisitos marcados por el Ejecutivo.
Desde la consultora destacan que los criterios para poder acogerse a esta medida son muy exigentes por lo que es muy difícil cumplir con ellos y tener acceso a la moratoria hipotecaria.
¿Quién puede acceder a la moratoria hipotecaria?
La moratoria del pago de las cuotas del préstamo hipotecario solo afecta a los ciudadanos que tengan una hipoteca de su vivienda habitual. No afecta en los casos de segunda vivienda o residencia vacacional.
Desde iAhorro nos dan todas las claves de los requisitos que hay que cumplir:
- Los ingresos de la unidad familiar no superen, en el mes anterior de pedir la solicitud de la moratoria, el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
- Si la unidad familiar tiene hijos, el límite se incrementará un 0,1 por cada hijo el IPREM. En el caso de ser una familia monoparental el incremento será del 1,5 en el IPREM.
- Si alguno de los miembros de la unidad familiar tenga una discapacidad superior al 33% o dependencia, el incremento será de cuatro veces el IPREM y en algunos casos puede llegar hasta cinco veces el IPREM. Siendo acumulable en el caso de los hijos.
- En el caso de que la mensualidad de la hipoteca más los gastos de los suministros básicos como luz, agua y gas superen el 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.
- Si el esfuerzo económico de la unidad familia se ha visto alterado y la carga de la hipoteca sobre la renta se haya multiplicado como mínimo un 1,3.
¿Qué opciones tengo si no cumplo con los requisitos?
En caso de no poder acceder a la moratoria hipotecaria por no cumplir uno de los requisitos, el hipotecado solo tendrá dos opciones:
- Buscar una subrogación de su préstamo.
- Cancelación del préstamo.
Hay entidades financieras que están ampliando las condiciones para ayudar durante esta época a sus clientes, por lo que puede ser un buen momento para cambiar de entidad y así también ahorrar un dinero con una mejora en las condiciones de la hipoteca.
Cambiar de hipoteca a otro banco
Para hacer el cambio de hipoteca nos podemos encontrar ante dos modalidades. Por un lado, está la subrogación que es el cambio de hipoteca de una entidad a otra.
Este procedimiento es gratuito para el cliente a excepción de si se realiza durante los 3 primeros años de vida del préstamo. Si es después, el hipotecado solo tendrá que pagar unas pequeñas tasas que rondarán los 500 euros. El resto de los gastos se reparten entre las dos entidades.
Cancelar la hipoteca
En el caso de la cancelación de la hipoteca, el cliente ‘cambia su hipoteca de banco’ pero en lugar de hacer una subrogación hace una cancelación.
El nuevo banco le presta la totalidad de su deuda para cancelar el préstamo y luego abre con su nueva entidad una nueva hipoteca. Este proceso sí que tiene costes para el cliente ya que tendrá que pagar los gastos de formalización del préstamo hipotecario, aunque hay entidades que cubre la mayoría de estos costes reduciéndolos al mínimo.
Esta opción la ofrecen más entidades y ofrece más opciones al cliente porque tiene mayor capacidad de negociación con la nueva entidad para mejorar sus condiciones y, por ejemplo, eliminar los productos combinados.





