Derechos y obligaciones del inquilino y casero al alquilar un piso

Descubre cuáles son los derechos y obligaciones tanto del inquilino como del propietario al firmar un contrato de alquiler de vivienda

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La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es la que detalla los aspectos por los que se rige un contrato de alquiler de vivienda habitual. Pero ¿en qué consiste esta ley y cuáles son las regulaciones que aplica? Desde Fotocasa, analizamos cuáles son los derechos y obligaciones que corresponden al inquilino y qué responsabilidades y derechos tiene el casero sobre su vivienda alquilada.

Derechos del inquilino al alquilar un piso

1. Negociar las condiciones del contrato

Según establece la LAU, el inquilino y el casero pueden negociar el precio de la renta mensual o la duración del contrato.

De acuerdo con el artículo 9 «La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si esta fuera inferior a cinco años, o inferior a siete años si el arrendador fuese persona jurídica, llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, o de siete años si el arrendador fuese persona jurídica, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo».

2. Prorrogar el contrato de alquiler

En caso de que el contrato llegue a su fin y ninguna de las partes notifique la voluntad de finalizarlo (dos meses de antelación por parte del inquilino o cuatro meses por parte del casero), el contrato se prorrogará por plazos anuales hasta un máximo de tres.

Así lo estipula el artículo 10.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), «el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato»

3. Rescindir el contrato de alquiler antes de finalizar el plazo

El inquilino puede anular el contrato de alquiler a partir de los seis meses, siempre y cuando avise al propietario con una antelación mínima de 30 días naturales. En este caso, y si así se ha pactado en el contrato, el inquilino debe indemnizar al propietario con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año de contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año dan lugar a la parte proporcional de la indemnización, según el artículo 11 de la LAU.

4. Recuperar la fianza si no hay daños en la vivienda

Una vez finalizado el contrato, si el inmueble se encuentra en buen estado y no hay impagos, el propietario solicitará el reingreso de la fianza del alquiler al organismo correspondiente y se le abonará al inquilino, con un plazo máximo de 30 días desde la devolución de las llaves. Si se tarda más, el inquilino puede reclamar intereses, según establece el artículo 36 de la LAU.

Si el inmueble se encuentra en buen estado y no existen deudas, el inquilino deberá recuperar la fianza de forma íntegra

5. Mantener el alquiler si la propiedad se vende a otro propietario

Los inquilinos con viviendas inscritas en el Registro de la Propiedad y ocupadas por ellos mismos, sus cónyuges no separados legalmente o de hecho, o sus hijos dependientes, pueden mantener el contrato con los mismos derechos y obligaciones en caso de venta del piso alquilado.

De no ser así, y si el nuevo propietario quiere hacer uso de la vivienda, el inquilino puede exigir que se le deje continuar durante tres meses, en los que pagará la renta y otras cantidades que se devenguen, según el artículo 25 de la LAU. También puede exigir al vendedor una indemnización por daños y perjuicios.

6. Ceder el contrato de arrendamiento en determinadas situaciones

Aunque ya no habite la vivienda, el inquilino puede seguir con el alquiler si en ella continúan su cónyuge no separado legalmente o de hecho, o sus hijos dependientes, y si está inscrita en el Registro de la Propiedad.

En casos de nulidad, separación o divorcio, el cónyuge podrá pasar a ser titular del alquiler si así lo decide la legislación civil, aunque debe comunicarlo al casero en un plazo máximo de dos meses desde la notificación judicial. En caso de fallecimiento del inquilino, se puede pactar la no subrogación (si sucede tras tres años de contrato) o la extinción del contrato tras los tres años (si se produce antes), según el artículo 14 de la LAU.

7. Tener beneficios fiscales en la declaración de la renta

En determinadas autonomías, los inquilinos pueden deducirse el importe anual del alquiler por vivienda habitual en la declaración de la renta (el porcentaje depende de la base imponible) y las reformas realizadas por él (acordadas con el propietario). 

8. Negociar rebajas en la renta a cambio de mejoras en la vivienda

El inquilino puede realizar obras de mejora en el piso de alquiler (nunca si afectan a la estabilidad o la seguridad de la vivienda) si el casero lo permite por escrito. Además, ambos pueden acordar que el pago de la renta (total o parcial) se reemplace, por un tiempo, por el coste de la reforma en las condiciones pactadas. De no hacerlo en los términos pactados, el propietario podrá finalizar el contrato, según recogen los artículos 22 y 23 de la LAU.

9. Hacer reformas en caso de discapacidad propia o del cónyuge

El artículo 24 de la LAU establece que el inquilino puede realizar, previa notificación al propietario, obras en el interior de la vivienda si él, su cónyuge o las personas o familiares que conviven de forma permanente en la vivienda tienen alguna discapacidad o más de 70 años.

Las reformas no deben afectar a elementos o servicios comunes del edificio, ni a la estabilidad o seguridad de éste. Finalizado el contrato, el inquilino debe dejar el inmueble como antes si el propietario así lo exige.

10. Derecho de adquisición preferente

De acuerdo con el artículo 25, el inquilino tiene derecho de tanteo, es decir, tiene derecho a comprar la vivienda si el casero le comunica su deseo de venderla junto con el precio, con, al menos, 30 días de antelación.

Obligaciones del inquilino al alquilar vivienda

1. Abonar una fianza al firmar el contrato de alquiler

El inquilino deberá pagar una fianza legal, destinada a reparar posibles daños en la vivienda (que no a garantizar el pago de las rentas), equivalente a un mes de renta (dos si el inmueble no se va a utilizar como vivienda). La fianza del alquiler irá al organismo fijado por la CCAA correspondiente.

Si hay daños en la vivienda, si el inquilino marcha antes de tiempo o si no paga el último mes, el propietario puede pedir una indemnización y hacer uso de la fianza, según el artículo 36 de la LAU.

2. Pagar mensualmente la renta pactada

El inquilino debe pagar el alquiler acordado. De no ser así, si se especifica en el contrato y el alquiler está inscrito en Registro de la Propiedad, el contrato quedará rescindido una vez el propietario haya requerido judicial o notarialmente el pago al inquilino y no obtenga respuesta en los siguientes diez días hábiles o este conteste aceptando la resolución. 

3. Abonar los suministros de la vivienda

Si bien los gastos de la vivienda como el IBI o la tasa de basuras suelen correr a cuenta del propietario, salvo que en el contrato se establezca lo contrario, la LAU establece que el inquilino se hará cargo del coste de los suministros domésticos. «Los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario».

El IBI o las cuotas de la comunidad suelen ir a cargo del casero, mientras que los suministros suelen ir a cargo del inquilino

4. Dejar la vivienda tal y como estaba antes de finalizar el contrato de alquiler

Si el propietario no indica lo contrario, el inquilino debe dejar la vivienda al final del contrato tal y como la encontró, según el artículo 23 de la LAU. De lo contrario, podría perder la fianza.

5. Abandonar la vivienda si el casero necesita habitarla

El artículo 9.3 de la LAU establece que el inquilino debe abandonar la vivienda si, pasado el primer año de contrato, el propietario le comunica, con al menos dos meses de antelación, la necesidad de recuperar el uso del inmueble alquilado como vivienda permanente para él, para familiares de primer grado o para su cónyuge en casos de separación, divorcio o nulidad. 

Si el casero o sus familiares no ocupasen el inmueble tres meses después del fin del contrato o desalojo de la vivienda (salvo en casos de fuerza mayor), el inquilino, en 30 días, puede regresar como inquilino por un nuevo período de hasta tres años, respetando las condiciones anteriores y con indemnización.

Derechos y obligaciones del casero al alquilar un piso

Aunque en este artículo nos hemos centrado en los derechos y obligaciones del inquilino al alquilar un piso, a continuación, enumeramos brevemente los derechos y obligaciones de los propietarios de un piso alquilado según la LAU.

Derechos del propietario de una vivienda de alquiler

  1. Recibir puntualmente el pago de la renta
  2. Exigir al inquilino que repare los daños que ha causado en la vivienda
  3. Aumentar la renta según lo estipulado por contrato
  4. Disponer de la vivienda ante necesidad propia o de familiares
  5. Terminar el contrato si el inquilino no paga el alquiler

Obligaciones del casero de un piso de alquiler

  1. Garantizar que la vivienda sea habitable
  2. Encargarse de las averías como la instalación eléctrica o la caldera
  3. No molestar al inquilino con visitas sin previo aviso
  4. Comunicar las actualizaciones en la renta del alquiler
  5. Depositar la fianza en el organismo correspondiente y devolverla si no hay daños al finalizar el contrato

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Jorge
11 años

Llevo dos meses y medio esperando la devolución de la fianza y aun no dan señales de vida, es una administración de fincas,

Lucas
11 años
Responder a  Jorge

Huuuyyy, ¿no será que dejaste algo roto?. Sí todo estaba bien cobras seguro.

miriam
11 años
Responder a  Jorge

Hola yo tambien soy inquilina desde hace 20 años y yo lo que hago es utilizar la fianza como mensualidad y pagar de mutuo acuerdo el dinero por los suministros y desperfectos.No dejo mi dinero en poder del propietario para que el se cobre lo que el quiera y ponga los precios por los desperfectos que a el le de la gana,que son unos listos y por nada te quitan todo el dinero o como en tu caso no te devuelve tu dinero para ver si te aburres y pasas de reclamaciones judiciales.Que en tal caso el tendra que demostrar que las cosas dañadas en el piso valen lo que el te quiera cobrar y en tal caso eso no se puede hacer sin pactarlo ni aviso por escrito quedarse con tu dinero sin mas.Ademas si te cobra el precio entero de cualquier cosa con previa factura que tu hayas dañado pues esa cosa dañada tienes derecho a quedartela aunque no la quieras pues si no el la seguira aprovechando y eso es tuyo y si puedes llevatelo aunque sea para tirarlo a la basura.El que un inquilino deje una deuda eso al propietario no le cuesta dinero sino que no gana lo que el tenia pactado ganar lo el si no devuelve la fianza al inquilino si esta estafando y quedandose con dinero que no es suyo.Los propietarios cuando pasan los meses sin alquilar esas viviendas y sin ganar dinero a quien le pueden reclamar,a nadie entonces que tantos derechos tienen que tener o tanto drama por un inquilino que deja deuda si lo que les pasa repito es que no ganan lo que tenian pensado o pactado ganar.Uy que penita dan por favor derechos ya para ellos lastimita y menos y mas obligacones para los inquilinos.Anda y si no les gusta que se dediquen a otra cosa pues todos los medios de vida o trabajos tienen sus cosas buenas y malas.Pobrecitos

ana
11 años
Responder a  miriam

Oye guapa o guapo tu si tienes morro tu que te piensas que los pisos los regalan

María
2 años
Responder a  ana

Tienes toda la razón

teresa
10 años
Responder a  miriam

que lista eres!!!! cómprate un piso y no tendrás esos problemas!!!! ¿no puedes?, que paguen otros, los propietarios, ¿no?.

pilar ro
10 años
Responder a  miriam

Que fácil es hablar cuando opinas desde el punto de vista del arrendatario.
Gastos de ser propietario de un piso, o piso en alquiler
IBI, gastos de comunidad (escalera), seguro del piso, certificado de eficiencia energética, cédula de habitabilidad, derramas comunitarias, reparaciones en la vivienda, puesta a punto para volver a alquilar, demandas judiciales por impagos, destrozos, abogado, procurador, etc.
Es más fácil vivir de alquiler, verdad? Saltáis de un piso a otro sin asumir responsabilidades.

yo
10 años
Responder a  pilar ro

q va, los proprietarios quieren solamente ganar, no areglan nada, mienten o pasan de ti olimpicamente, la ibi es un impuestyo por ser proprietario, si q no es la culpa del inquilino q el proprietario tienhe mas viviendas…..todo lo q enumeraste son gastos de propriedad, no te jode……llevo 5 meses sin agua caliente pq no quiere areglar la caldera, pero el dia 3 me pregunta cuando les ingreso el alquiler, eso es morro!!

Rosario
2 años
Responder a  yo

Pues exige que te la arregle, o arregla la tú a cambio de alquiler. Hablando se entiende la gente, y si no consigues nada ve a la oficina del consumidor.

Corina
2 años
Responder a  yo

no pagues mientras no te arregle la caldera asi de facil .
dicelo a la cara con buenas palabras que mientras no este arreglada la caldera no pagas .

JAIME E
1 año
Responder a  Corina

Si no pagas te puede desahuciar por impago independientemente de que te arregle o no la caldera.Hay que pagar la renta siempre y en todo caso reclamar al arrendador incluso judicialmente.Es una faena pero es así.

María
2 años
Responder a  yo

Lo mejor que puedes hacer es comprar una vivienda ya verás que rápido cambias de opinión.

Rosa
8 meses
Responder a  yo

Eso no puede ser así. Y si es asi, porqué no te vas

Dolores López
9 años
Responder a  pilar ro

…!..cuanta verdad hay en tus palabras…!

Yolanda
2 años
Responder a  pilar ro

Llevo sin cobrar 7 meses,lo tengo en un juzgado van sin prisa,y los propietarios ,que hacemos sin cobrar ,sin echarlos?que ocurre con nosotros,deveriamos de unirnos e intentar cambiar estas leyes que solo ocurre en España,.

Corina
2 años
Responder a  Yolanda

es una verguenza lo que pasa aqui en España porque en Francia y en Alemania a las 24/48 horas viene la policia y desaloja el okupa .

CaroQ
1 año
Responder a  Corina

Tal cual. Y gracias a eso no tienen ningún problema de ocupas como aquí.

Propietaria
1 año
Responder a  Corina

Si es un ocupa en España ocurre lo mismo que en francia y alemania. Otra cosa es un impago en un contrato que es igual la ley en francia, alemania , España. Etc

Polaris
2 años
Responder a  pilar ro

Bueno eso lo hará la Miriam esa, yo he ido de alquiler en alquiler y he dejado los pisos incluso mejor de lo que estaban. Y no he tenido ningún problema. También te digo que algunos pagan con el alquiler todos los gastos que tú dices y más porque hay unos precios…

IDA
8 meses
Responder a  pilar ro

Pilar, puedes ser arrendataria sin ningún problema. En el sindicato de inquilinas te damos la bienvenida, para defender tus derechos.

Reichel NV
10 años
Responder a  miriam

Voy a decirle a tu jefe que no te page el sueldo del mes…..eso no querrá decir que no te esté pagando, simplemente no ganarás lo que pensabas por trabajar, no?…pero que morro tienes!!!!

esther
2 años
Responder a  Reichel NV

Buena respuesta!!

veronica
10 años
Responder a  miriam

mi creo que te piensas que los dueños del piso tenemos obligaciones con los inquilinos y no es asi, piensa que nosotros solo os dejamos la casa para vivir a cambio de un dinero, en ese cambio tu tienes que hacerte cargo de los gastos de luz agua y comunidad si lo tienes pactado, cuidar la casa como si fuera tuya y cumplir todos los meses en la fecha indicada para el pago, hay gente que alquila su casa para pagar su hipoteca y a veces ni les llega y cuando decidas irte dejas el piso tal y como tu lo vistes cuando lo alkilaste, porque es muy bonito decir…. que limpien ellos. A mi, mi casa para volver a alquilarla me ha costado 350€ limpiarla, porque eso si, yo contrato una empresa y se lo descuento de la fianza con una factura.

Inquilino XD
10 años
Responder a  veronica

«nosotros solo os dejamos la casa para vivir» … como?? Cuando alquilas un piso, la POSESIÓN de la vivienda pasa a ser del inquilino, no es que me la «dejes»…
«hay gente que alquila su casa para pagar su hipoteca» … Eso es cosa de dicha persona, si estás dispuesto a hipotecarte tienes que entender el riego que ello conlleva…
«yo contrato una empresa y se lo descuento de la fianza con una factura»… Hasta aquí podíamos llegar vamos… la limpieza de la casa bajo ningún concepto se puede descontar de la fianza, al igual que la pintura. Si tú dices que la casa está sucia, es deber del inquilino limpiarla, sólo después de que ellos te digan que no lo harán o algo así, es cuando tú puedes contratar a alguien y descontar de la fianza…

Esther
2 años
Responder a  Inquilino XD

Efectivamente, el propietario «tiene que entender los riesgos» de una hipoteca. Y de todo lo que conlleva alquilar su vivienda. Tú como inquilina, a vivir tranquilamente, a costa de los riesgos de los demás, alzando la bandera de «poseedora» de vivienda, y de muchas leyes por lo que quieres aparentar. Ah, y el alquiler que sea baratito por favor, que me ofendo también.

María
2 años
Responder a  Inquilino XD

La posesión de la vivienda jamás será del inquilino aunque pague el alquiler, no te equivoques. La limpieza le corresponde al inquilino y por supuesto que será un gasto que tendrá que asumir si no lo hace, con qué dinero? con la fianza.,y en cuanto a pagar la hipoteca, a tí no te importa en qué lo gasta el dueño, como si lo quema. Vaya pandilla de sinvergüenzas los inquilinos, lo que tenéis que hacer es luchar por tener una vivienda pero no robándola sino pagándola y después podréis opinar. No sabéis lo que cuesta un peine.

Antuan
2 años
Responder a  María

AMÉN!

Rubí
2 años
Responder a  María

Hay inquilinos y propietarios que no respetan la ley o artículos de arrendamiento..se pasan por el…..no solos propietarios son victimas muchos inquilinos también lo son..hay cada casi y casos.

Jose
1 año
Responder a  María

Se pasa un poco, no? A mí usted no me llama sinvergüenza por ser inquilino. Se define usted sola.
Un saludo a todos

Irina
1 año
Responder a  Inquilino XD

Me parece en el contrato tienen que estar las hojas con las fotos y discripcion de los habituales, cocina baño…. Firmado por ambos. Y según estas hojas si propietario va a encontrar daños entonces puede intentar no devolver la fianza. Solamente sus pslsbras esto es el agua

Dioni
1 año
Responder a  Inquilino XD

Tú dejala como estaba, y yo no contrato a nadie para limpiarla. Tú pintala como estaba, y no la pinto yo. Tú arregla los cajones de la nevera como estaban, y no los tengo que comprar, tú no dejes colchones, armarios… Etc inservibles por el mal uso, y yo no te descontaré nada de tu fianza. Pero si no lo haces como te digo….

Jose
10 años
Responder a  miriam

SI NO SABES DE LO QUE HABLAS MEJOR MANTÉN LA BOQUITA CERRADA, ASÍ EL QUE NO DARÁ PENA SERÁS TU.

Dolores López
9 años
Responder a  miriam

!..pobre del propietario que a ti te alquile..!..eres típica inquilina de»manual»..no soportas que alguien gane dinero con su negocio..has de entender que ser propietario y alquilar es un duro trabajo ,donde hay que bregar con personas como tu….!y no nos pone el ayuntamiento..!

P. B
2 años
Responder a  miriam

Eres la tipica persona que hace que la gente se retraiga a alquilar por miedo a getas como tú, y lo alquileres esten por las nubes

Jesus
2 años
Responder a  miriam

Es muy fácil pensar que un propietario se queda con un dinero de la fianza, que no le pertenece… pero te has parado a pensar los daños, desgastes, arañazos y roturas q has producido en el piso o sus muebles, además tú nunca piensa al contrario, muchos inquilinos se marchan tomando esa fianza para pagar el último mes y luego dejan roncha de gastos y consumos q no se les suelen reclamar, por no decir la de veces q dejan mensualidades impagadas y dejando inofensivo al propietario al igual q los okupas, teniendo q hacer un desembolso grande para su restauración antes de poder volver a alquilarlo. Ponerse en la piel del prójimo y comprender q deben respetarse en ambas direcciones.

Antonio
2 años
Responder a  miriam

Claro que sí, Miriam tiene toda la razón, pero que no olvide exponer todo lo que dice al arrendador, ANTES de firmar el contrato de arrendamiento.

Rosario
2 años
Responder a  miriam

Tienes una cara muy dura, si rompes una cosa y compras otra luego te le llevas porque es tuya, pero no pagas la que has roto. Y además el propietario se ha gastado el dinero en el piso para que tu vivas gratis, porque si no pagas no pierde nada (solo el dinero que ha invertido), y todos los desperfectos que hayas dejado los tiene que arreglar el con su dinero porque el piso es suyo. Comprate un piso,y lo alquilas a ver si eres tan generosa.

Oscar
2 años
Responder a  miriam

Vaya morro tienes, búscate un piso y cómpratelo. Encima que vives en hogar ajeno, por lo menos respeta a quien te da techo y ya que lo usas y desgastas, pues que menos que pagues lo que tengas que pagar.

Tania
2 años
Responder a  miriam

Luego os quejáis que suben los.precios y nadie os alquila nada, yo llevo alquilada 15 años.por.motivos.laborales.y porque trabajo en construcción, me.toca moverme bastante, a.mi me han devuelto la.fianza y la.garantia siempre, casi a la.hora.de.firmar.la entrega de devolución de llaves, eso sí, dejaba el piso como me.lo entregaron, limpio, repasando.las luces que se podían haber.fundido, frigorífico. Si había alguna mejora que había echo y le.daba valor a la entrega incluso me la han abonado aparte, uno recibe lo que da, ni todos los caseros son buenos, ni todos los inquilinos son unos estafadores, pero haberlos hailos, yo personalmente he visto más inquilinos ilegales, que caseros después de 15 años, y más de 16 pisos alquilados creo que de esto se un poco.

Dioni
1 año
Responder a  miriam

Solo te deseo que poseas un piso alguna vez, que tengas la necesidad de alquilarlo para pagar la hipoteca por ejemplo, y ya me dirás si sueltas esa cantidad de tonterías, que solo las piensa, quien no cumple con la legalidad. Muy desafortunado tu comentario.

Mery
1 año
Responder a  miriam

Eso mismo hago yo te pago y te doy fianza tú valoras y si no me lo das al finalizar contrato con las llaves no he hecho desperfectos no debo nada xq no voy a poder enviar a mi casero un me voy el día x con preaviso y que vea el piso al momento que no se preocupe ese casero xq si debe algo lo puede denunciar o reclamar en eso estoy lista llevo más de 20 de alquiler lo que veo ahora mucho es que ya tengas que pagar tú los impuestos un seguro que le corresponde a el y no repara las cosas no causadas x tu mal uso como una gotera sin dejar un grifo abierto que es xq el propietario no hace un correcto mantenimiento a su vivienda y encima venga a subir y pedir no tener que. Esperar dos meses mi fianza que alfinal es para otro piso.

Rosa
8 meses
Responder a  miriam

Compraté tu casa. Así no dependes del casero, según tú, ladrón. Ponte el cartel antes de ir a un alquiler, así con sinceridad.

Borja
11 años

Que pasa cuando el inquilino tiene que pagar el agua, como es normal, pero las facturas no llegan nunca y tras hablar con el dueño que dice que no hay problema que el se encarga, llega el dia en que te cortan el agua. Tras hablar con la compania administradora del agua las facturas estan dirijidas a otra vivienda y a otro nombre que no es el del propietario. Para volver a conectar el agua hay que pagar todo el año con su respectiva multa. ¿Como se puede presionar para que eso cambie?

Lucas
11 años
Responder a  Borja

Lo mejor es poner el contrato a tu nombre desde el principio.

pilar ro
10 años
Responder a  Borja

Soy propietaria y si tengo que reconocer que todos los propietarios no actúan correctamente y algunos son unos jetas. Con lo poco que cuesta hacer bien las cosas.
Yo tengo la titularidad de los contratos de suministros y los inquilinos reciben por correo ordinario las facturas que emiten las compañías.
En su caso está claro que el propietario no paga las facturas. Su caso es dificil de resolver y me temo que tendría que consultar con un abogado para que le aconsejara que hacer.

Antonio
11 años

Pues a nosotros, una pareja que lleva 5 años como inquilinos en un piso en la comunidad valenciana, cada año el propietario nos envía el recibo de recogida de basuras, que pagamos en cuanto lo recibimos, pero él no depositó la fianza a favor de la comunidad valenciana (irregularidad que cometen la mayoría de propietarios, por lo menos en esta zona) por lo que no podemos desgravar el alquiler en nuestra declaración de renta, que siempre nos sale a pagar, Nos ha perjudicado cada año y hemos perdido una cantidad importante de dinero por culpa del propietario, por lo que vamos a denunciarlo y pedir una indemnización, (tal como marca la ley), en cuanto averigüemos como hacerlo, porque ya no podemos más con tanto abuso por parte del propietario. Saludos-

Lucas
11 años
Responder a  Antonio

Desgrávalo todo e indica el dni del propietario. Ya se aclarará él con hacienda.

Vir
11 años
Responder a  Antonio

Que el propietario no tenga depositada la fianza en la Administración, no implica que tú no puedas declararla a Hacienda. De hecho, si tú lo pones en tu declaración, al cruzar los datos, a ellos se lo van a reclamar.

pablo
10 años
Responder a  Antonio

Si desde un principio le dices q lo quieres declarar, cosa q seguro aceptaste lo contrario a cuenta de q te saliera a ti mas barato y ahora quieres ganar mas tu no el. pues el lo tenia muy facil, tu al principio le dices q quieres declarar y el te dice q el alquiler es un15 por 100 mas caro q es lo q le cobrara hacienda. Aqui el listo es el q alquila no os parece.

Dolores López
9 años
Responder a  Antonio

no suele ser un abuso del propietario sino un acuerdo para que cuando se marcha el inquilino, no haya que esperar un mes ,que es lo que tardaría la burocracia en hacer la devolución. Al no ingresarla, el inquilino se la puede llevar en el momento en que abandona la vivienda.

Sotosalbos
11 años

¿Es normal que los gastos comunitarios corran siempre por cuenta del arrendador?

Jantonio
11 años
Responder a  Sotosalbos

Depende de lo pactado al establecer el contrato

Raquel
2 años
Responder a  Jantonio

Como en mi caso yo lo pago y la propietaria se lo desgraba en hacienda

Inquilino XD
10 años
Responder a  Sotosalbos

si, es lo normal… aunque eso se define en el contrato, y por tanto, podría ser a la inversa

Joan
11 años

La fianza quien se la queda el propietario o la administración de fincas?

pilar ro
10 años
Responder a  Joan

La fianza obligatoria no se la tiene que quedar ni el propietario ni la administración de fincas sino el organismo oficial competente como depósito hasta la finalización del contrato.

Toño
11 años

¿Porqué el el propietario me exige el pago del IBI sin estar en contrato?

Vir
11 años
Responder a  Toño

Porque le echa morro. El IBI corresponde pagarlo al propietario

pilar ro
10 años
Responder a  Vir

«El IBI corresponde pagarlo al propietario»
Mientras no esté pactado en el contrato otra cosa.

veronica
10 años
Responder a  Toño

para ver si lo pagas ajjajaja yo tengo un piso alquilado y no pagan ni ibi ni basura ni seguro de la casa es lo pago yo

Rosario
2 años
Responder a  Toño

Porque si picas…..No se lo pagues.

yoo
11 años

Ows’s

priscilabarreras
11 años

que debo hacer tengo un local alquilado junto con mi esposos nos separamos y el no quiere salir del local y eses local es de la familia mia que debo hacer

eduardo rojas
11 años

tengo derecho de 90 dias para desocupar el inmueble por terminacion del contrato yo llevo 5 años en el

jose maria
11 años

Llevo alquilado desde 1997 y actualmente el contrato se encuentra en el primer año de prorroga de un contrato de tres años.Desde el año 1997 el arrendador no ha realizado ni una sola obra en el piso el cual y debido al normal deterioro del paso de los años(incluso pague el cambio de la caldera de gas debido al peligro que presentaba la caldera que había instalada desde el primer día ya que no quiso hacer frente al coste de la misma)en algunos aspectos necesita reformas y pintura.Le puede exigir realizar dichas reformas?Actualmente estoy pagando casi 600 euros mensuales.

maría
11 años
Responder a  jose maria

Tú has alquilado el piso tal como estaba, no puedes ahora reclamar cosa distinta.
Y mucho menos que te le pinte, lo debes de pintar tú, y al final del arrendamiento devolverlo como lo recibiste.
Hay que ser responsables.

jose
10 años

Si durante el tiempo de alquiler, se averia la antena de TV, la encimera, un enchufe, un grifo, el horno, el microhondas etc. ¿Quien tiene la obligación de reparar y pagar?

pilar ro
10 años
Responder a  jose

Las pequeñas reparaciones debidas al desgaste por el uso cotidiano son a cargo del arrendatario, LAU artículo 21.4.

Antonio
2 años
Responder a  pilar ro

 con la nueva Ley de alquileres 2023, el inquilino solo deberá afrontar el pago del depósito de garantía y los servicios básicos, mientras que los gastos de intermediación, reparaciones y mantenimiento de la vivienda estarán a cargo del propietario.

Medios de Prensa
10 años

Hola Alquile mi piso en Junio 2014 en el contrato pone que tiene que ponerme la calefaccion antes del mes de Octubre 2014 y este señor no a eho nada que puedo hacer?

Inquilino XD
10 años
Responder a  Medios de Prensa

Denunciarlo

joaquin
10 años

Llevo 18 meses de inquilino y al corriente dde todos los pagos y desde hace15 dias mi casero esta haciendo obras en un local que esta debajo de mi alquiler los ruidos no son lo normal de una obra no se puede ni hablar con otra persona por lo cual nos tenemos que or a la calle quiere coger la antena del salón y hacer un agujero de 30 cm en la cocina para sacar un tubo hacia el tejado de salida de humos tengo obligación de dejarlos entrar en el piso para que hagan esta obra? Que derechos tengo y

pilar ro
10 años

Obligación del inquilino.-
Permitir la entrada al inspector de la revisión obligatoria del gas.
Mi inquilina no ha cumplido con esta obligación, «según ella», no poder debido a su horario laboral. Acaso se piensa que los propietarios se pueden permitir no cumplir con esta obligación en sus viviendas habituales. Uno pide un permiso al trabajo o delega en un familiar.

veronica
10 años
Responder a  pilar ro

o llama por telefono para el nº del contador….. ala que nadie pague el gas jajajajaj que fuerte

Inquilino XD
10 años
Responder a  pilar ro

Pídele que te diga su horario laboral y adáptate a él.

pilar ro
10 años

Otra obligación que tendria que contemplar la LAU para los arrendatarios.
Contratar un seguro del hogar como arrendatarios para cubrir su responsabilidad civil.
Si el inquilino es insolvente y se quema el piso por negligencia del arrendatario, aunque sea accidental, por ejemplo, incendio ocasionado a causa de una sartén en el fuego y dicho incendio afecta tanto a la Propiedad como a terceros, a la comunidad de vecinos. ¿Quien responde?

mila
10 años

hola, sabeis si tengo derecho a poder pintar mi alquiler y si tengo q pagarlo yo o el inquilino pq llevo 4 años y aqui no entra ni dios…gracias

maria
10 años

Si te he han del local,por impago, y no ha sido capaz de traspasarlo, todo lo invertido en mejoras, se lo dejo, me lo llevo, o pido que me sea reembolsado por el casero,

Marta
10 años

Hola necesito ver si me pueden aclarar una duda, hay un sr. que esta alquilando un piso pero el no es el propietario, el caso es que este sr es el que esta enselando el piso y realizando las gestiones, el mes de fianza se lo debo entragar a el y el contrato ya esta firmado por la prpietaria, el caso es que el nombre de este sr. no fugura por ninguna parte ni del contrato de alquiler, ni de las escrituras de la vivienda ni nada. que os parece? me envio las escrituras y todo parece estar correcto, pero claro tengo la duda

Antonio
10 años
Responder a  Marta

Hola Marta, este señor puede ser el administrador, que puede alquilar el
piso en nombre de su representado(a), pero tiene que figurar en el
contrato como tal y tambien tiene que presentarte un poder notarial por
el cual está autorizado a alquilar la vivienda en representación del
propietario. Lo mejor es que conozcas al propietario(a) pero si no
pudiera ser, por vivir en otra ciudad o en el extranjero, pide ver las
escrituras de la vivienda, para saber el propietario, constatarlo con el
poder notarial y asegurarte que el contrato se hace con todas las de la
ley.
Este representante ya debe tener en su poder una copia
compulsada de las escritura y si no fuera así, mal asunto. Tu tambien
puedes comprobar esto, solicitando en el Registro de la Propiedad una
cópia (legalizada o simple).
Te tiene que dar recibo de la cantidad que le entregas por el mes de fianza y este recibo tiene que hacer mención que es por este concepto y además, poniendo el DNI del que firma. Despues tiene que darte copia del documento del depósito de esta fianza, del organismo en el que queda ingresada, (IVIMA u otro).
Espero haber sido de ayuda. Un saludo cordial

Raúl
10 años

Eso de dejar el piso si lo necesita… no debería ser legal cuando has firmado un contrato… Claramente es un beneficio para el arrendador, debería ser él quien buscase otro piso…

Inquilino XD
10 años

La cagaste burlancaster… Tal vez esos mensajes te sirvan en un juicio… :/
Pero sin contrato, ni nada.. tú me dirás. Has intentado hablar con el nuevo dueño y explicarle la situación?

Laura
10 años

Yo quiero saber si el arrendatario puede cobrarte 750€ al empezar el contrato por un gasto llamado «cámara de habitabilidad» que supongo que se habrá confundido y se refiere a la cédula de habitabilidad, pero si existe ese gasto o el otro, me gustaría saber si tengo que pagarlo yo como inquilino o es el arrendatario el que debe hacerlo. Gracias

sandra
10 años

buenas tardes quiciera saber si yo como inquilina tengo que pintar el apartamento donde vivo cada año o eso lo debe hacer el arrendatario pues el lo esta exigiendo y eso no lo tengo claro y pues en el contrato no dice q yo lo debo hacer gracias

Laura
10 años
Responder a  sandra

Eso es deber del propietario, al no ser que tu hayas manchado excesivamente la pared con algún mueble o semejante, si es por desgaste de la pintura debe hacerlo el propietario

Laura
10 años

Buenos días, tengo un problema y me gustaría saber si hay alguna forma de solucionarlo y quien tiene la razón en este caso.
Estaba de alquiler y dejé el piso hace 2 meses, la arrendadora me dijo que en cuanto llegasen las facturas me devolvería la fianza, hoy he visto que me ha ingresado 70€ menos de lo que calculo con los gastos que me ha dicho, porque no me quiere enseñar por el momento todas las facturas…. y me dice que es que ha tenido que llamar a un exterminador porque teníamos cucarachas.
Ella sabía desde 2 meses antes de que me fuese que había cucarachas, y me dijo que no habían desde hacia 5 años que hizo una reforma, yo le informé que había visto alguna en el salón, porque estaba su hijo jugando por ahí, y su solución, como creía que no habían muchas, era poner bicarbonato. Mi compañera y yo estuvimos comprando todos los productos que pudimos, y le informamos de que seguían habiendo, lógicamente no le dijimos la cantidad, ella alude ahora a que no le dijimos que habían tantas, pero se supone que si hay cucarachas ya es un problema. El caso es que una de las principales razones por las que nos fuimos del piso fue por eso, y ahora sin decirnos nada, cuando ya no estábamos en el piso llamó al exterminador y nos ha cobrado sin avisarnos, sólo me lo ha dicho cuando no me cuadraba lo que me ha devuelto.
Se puede hacer algo? de quien es responsabilidad? porque en el piso había ya historia de cucarachas anteriormente, que no ha sido por descuido nuestro.

Muchas gracias

aidee
10 años

hola estoy rentando mi casa sin embargo el día 27 de julio termino el contrato, les hable y les dije que si hiban a seguir, me comentaron que si y me hicieron el deposito de la renta a correr para el mes de agosto, me hablan el viernes 31 de julio y me dicen que por favor si le podia regresar la renta por que se habian equivocado de la cuenta de donde sacaron el dinerio para hacer la transferencia y que el lunes 03 de agosto se me depositaba sin falta, el martes 04 de agosto me comunican que ya no van a seguir rentando la casa y que el sabado 08 de agosto me van a entregar, mi pregunta es si tengo que cobrar la parte proporcional de la renta mensual de los dias transcurridos de este mes, o se cobra una renta por no avisar con anticipación y estar ocupando dias del mes siguiente.

Valen T. Brunen
10 años

Tengo un gran problema, he alquilado mi casa a una constructora q pasa de nosotros. No funciona nada, la casa se inunda cada vez que llueve, un desastre. Que podemos hacer?? Ayuda plis!! Llevamos pocos meses en la vivienda

DAVID
10 años

tengo una nave alquilada , para guardar materiales de construccion , fontaneria , etc y el propietario me quiere cobrar el seguro de la nave y encima este viene a su nombre
¿tengo obligación de pagarlo?

Cintia
10 años

Y si por ejemplo eres edtudiante y tu casero no realiza la declaracion de la renta y necesitas echar la beca y no llevas no dos semanas en el piso alauilado el casero esta en su derecho de auedarse con la fianza?

Ursina Halbeisen
10 años

¿ Esqué el propietario tiene el derecho de guardar una llave cuando el alquile un piso largo temporado?

romina
10 años

hola buen dia, tengo una duda, termine y finalise mi contrato, pro la q alquila me quiere cobrar 1300 pesos de rescincion de contrato, eso es legal?

Patricia Nose Nose
10 años

Hola . tengo una duda . hace varios días firme un contrato de alquiler como arrendataria . el caso es que cuando hemos empezado a limpiar y pintar hemos visto varios fallos en la vivienda . se trata de cosas que no sse suelen mirar ni revisar normalmente cuando te enseñan un piso . por ejemplo : el wc pierde agua , el termo de gas no enciende , el 70% de los enchufes están anulados , la placa de ducha esta rota ( estaba sellada con silicona blanca ) en fin varias cosas . el dueño al parecer se niega a arreglarme todo eso y yo no lo voy a pagar . el caso es que tampoco me devuelven la fianza . que puedo hacer ?

Maëva Es
10 años

Por favor, que alguien me diga si eso es legal: llegue a mi piso el 18 de Enero y mi duena exigio el pago de la renta del mes de Enero entero mientras del 1 al 17 yo no estaba en el piso… Es legal?

monica
10 años

Tengo un problema .mi casero no me trae las facturas y ni si quiera viene por dinero de luz y agua en 5 meses .ahorra me viene y me dice que tego que pagar dos facturas de luz y aqua que es casi 550e .mi pregunta es los caseros ueden hacer esto ? Yo entiendo que son mis facturas pero no tego tanto dinero para dar le a la ves y que me vega cada seis meses con facturas .desde que vivimos aki nos a traido solo una factura de luz de 270e y ahorra viene por 550 .el alquiler se lo pagamos por el banco con esto no ai problema .no se si es normal y si le tengo que pagar a la ves o puedo exigir pagar lo a plazo. ?

sara
9 años

hola buenos dias ,mire me pasa k termino el contrato de alquiler de un año y el casero kiere k me valla porque dice k ha vendido la finca rustica donde vivimos,en el contrato me pone k tengo uso de la vivienda y no del terreno pero cuando entre me cedio el terreno y ahora si me pongo a las malas teniendo los pagos los tengo al corriente.mi pregunta seria mi contrato es prorrogable a tres años si yo kiero o el casero tiene ke estar de acuerdo en renovarme.

sara
9 años

me puede prohibir entrar en el terreno estado situado en la misma finca y casa k tengo alquilada

Erwin Briones
9 años

como es si yo me cambio de casa sin decirle nada al dueño de la casa y debiendo el mes anterior y el actual favor una respuesta le pago los 2 meses o solo un mes y el otro con el deposito

norberto fernadez
9 años

hola,alquile por este medio,(fotocasa),por un año,abonando en su totalidad por adelantado,me tengo que ir 6 meses antes de cumplir el año por trabajo me traslado a asturias,y el propietario no me quiere devolver los 6 meses que eh pagado ,solo me devuelve la fianza de 300 euros,alguien me podría decir si existe la posibilidad de que me devuelva este dinero ,hay alguna ley que ampare al inquilino,muchas gracias

Ishtar Lilith Ashtarté Innana
9 años

Venden encima mío un piso con bichos por 190.000. Es posible tan caro?
Lo iba a comprar yo, pues vivo debajo y desde que llegaron hace dos años no conozco la paz: gritos, discusiones, movimiento de muebles de madrugada y goteras desde que pisaron por vez primera. Ya tengo 4 focos de goteras y desde que protesté (las diez veces primeras a las buenas) insultos y burlas y la propietaria se lavó las manos.
Ahora que le llegan las denuncias del juzgado la propietaria está urgida a vender dicho inmueble y cree que así se libra del problema.
Insisto, lo puedo comprar yo pero 190.000 es abusivo ya que hay bichos contrato cuyo alquiler verbal fue a 3 años sin cédula de habitabilidad ni fianza en Incasol, etc.70 metros cuadrados junto metro Sagrera. Una cerecita de piso que precisa reformas y demás. Balcón principal 10 metros y galería grande. Muy iluminado.
Si alguien lo compra se irán fuera automáticamente? Quiero librarme ya y toda la comunidad también – han ocasionado destrozos comunitarios, no sólo privativos. Llevan más de 6 meses sin pagar alquiler y ya lo han hecho en otros pisos.
Duele la impunidad con la que algunos se creen con derecho de burlarse y pisotear a la gente que perjudican :(

Isabel sosa aleman
2 años

Buenos tardes,mi pregunta es:se puede negar el arredatario a darme documentacion para la ayuda de alquiler? En mi cado se niega a darme el numero de cuenta y tutilsridad del mismo

Rupert
2 años

La casera me está descontando de la fianza el costo de la pintura del mini estudio en el que he estado casi dos años. El presupuesto que me envió me pareció exagerado. ¿La pintura no corre a cargo de quién alquila? ¿400€ por una pared de un metro que se ha desconchado por la mesa de pésima calidad que me dió para utilizar?

Laura
2 años

Buenas tardes. Tengo una duda, mi contrato de alquiler vence en 2 meses, mi casera me ha avisado que tiene que subir el precio (mucho) con lo que le he dicho que no, que buscare otra cosa y me iré en el tiempo establecido, pero inmediatamente ha publicado que el piso está en alquiler y ha puesto fotos de como tengo la casa, el punto es que cuando entramos lo pintamos y amueblamos todo a nuestro gusto con su consentimiento claramente, pero pusimos nuestros muebles, sofás, en el baño tmb, incluso la mampara porque la que tenían ellos estaba rota, cambiamos las luces, armario empotrado, ventiladores de techo, horno, nevera, lavavajillas, prácticamente TODO y va ella sin mi consentimiento lo ha publicado para alquilar el piso a otra persona, cuando todavía me quedan 2 meses para irme!!! No es esto ilegal?? Está exponiendo cosas que son de mi privacidad! Tenia que haber subido fotos de como estaba el piso antes o esperar a que me vaya y como se deje como estaba inicialmente entonces hacer las fotos o estoy equivocada?

Se podría denunciar esto?? Gracias!!

Maria
2 años

Si estoy de alquiler en un local, y pague el año entero, ahora cumple un año y quiero seguir pero no quiero pagar de nuevo el año, si no mes a mes, me pueden echar si no pago el año entero? en caso de que se nieguen a esta posibilidad? me pueden exigir entregar documentación para el alquiler seguro? Gracias

Si me hago cargo de pagar 30 por el agua de uTengo
2 años

Tengo una casa alquilada en el contrato está que yo me haría cargo del agua por 30e me viene factura de 120e que podría hacer en mi caso

Manuel
2 años

Llevo casi dos años alquilado , el propietario me pasa los recibos de la luz cuando se acuerda , me dice que yo tengo que llamar a la empresa de la luz para que me den los vecinos o que los pase a mi nombre. Yo no quiero pasarlos a mi nombre y no creo que es el propietario el que tienen que solucionar el problema o darme los recibos a tiempo , no se qué tengo que hacer …

Maika
2 años

Llevo casi 3 años de alquiler, al corriente de pago. Desde hace un mes el casero me viene diciendo que va a hacer reformas donde vivo, que en vez de una vivienda va a hacer varios apartamentos para alquilar.( todo esto por was y en persona)
En el contrato pone que si en caso de venta tengo que dejar la casa.
Hoy me manda un was diciendome que tengo que dejar la casa ya.

No encuentro casa y no tengo donde ir. Es legal??

SeVerino
2 años

Estoy alquilado, soy inquilino, con un contrato de temporada (invierno hasta mayo 24) pues nadie alquila por 3 años al ser zona turística. Este tipo de alquiler también ¿tiene beneficios fiscales en la declaración de la renta? Mi propietario no me da recibo yo le hago transferencia a su cuenta bancaria y me pidió 2 meses de fianza.
El piso es muy ruidoso, mucho tráfico, un bar enfrente, los contenedores de la basura y no descanso por las noches también es muy caluroso (30°C en el lavadero) es el único sin toldos, puedo exigir la colocación de toldos? O puedo rescindir el contrato de alquiler por motivos de salud sin que pierda las 2 mensualidades?
Por favor ayúdenme a resolver estas dudas.
Gracias
.

Ana
2 años

He alquilado una habitación en un piso compartido en madrid. Pague 350€ por reservar la habitación y me dijeron que no eran reembolsables.Además pague 1 mes de fianza 690€. El contrato era de 1 de septiembre a 31 de enero. 5 meses pero debido a motivos personales y de Salud tengo que volver a mi domicilio en Castilla la mancha. Avise para decir que ya no necesitaba el piso pero me contestaron que debía buscar un inquilino. El mes de octubre lo he pagado pero no estoy haciendo uso. Tengo que recoger mis cosas y devolver las llaves. Los he vuelto a avisar para que hagan disposición de la habitación y la vuelvan a alquilar. Que puedo hacer al respecto?

Ana
2 años

Hola , mi hija y trs amigas han alquilado un piso de estudiantes y la cerradura de la puerta principal no pueden hechar la llavese an quejado co el dueño y este les a contestado q no va a arreglar la puerta q si entran a rrobar eso lo cubre el seguro. Q podemos hacer para q le arregle la cerradura? Las crias les da miedo acostarse sin hechar la llave

Gabriela
2 años

Voy a renovar el contrato y en una de las cláusulas me ha puesto que me debo hacer cargo de todas las averías de la casa desde algo como un cristal(eso me parece lógico) hasta averías en cañerías, tuberías, electricidad, etc. yo
mire y en el artículo 21 dice que eso debe hacerse cargo el arrendador. Eso es cierto? Hace 20 años que vivo en este piso y ahora me aparece con esto???

Antonio
2 años

Hola mis caseros venden el piso y yo quería alquilar otra, pero me han despedido y no voy a encontrar rápidamente nada sin contrato. Pregunto: tengo derecho a quedarme más tiempo porque la situación no permite mudanza? Y cuanto tiempo tendría ? Mi contrato se Renovó en agosto por primera vez

Idoya
2 años

He pagado el mes corriente y dos de fianza y al ser el Día 1 festivo y no llegar la transferencia, ¿es legal que no pueda entrar en el piso?